En este episodio exploramos las personas jurídicas como figuras clave en el sistema legal civil español, centrándonos en sus dos grandes tipologías en el ámbito privado: las asociaciones y las fundaciones. A través de un enfoque comparado y didáctico, analizamos sus características, su régimen jurídico y las diferencias esenciales entre ambas.
Comenzamos con el concepto general de persona jurídica recogido en el artículo 35 del Código Civil, explicando la distinción entre corporaciones, asociaciones y fundaciones, así como las llamadas asociaciones de interés particular, que constituyen la base de las sociedades civiles y mercantiles.
Después nos adentramos en la regulación de las asociaciones, destacando:
Su base constitucional en el artículo 22 CE y desarrollo legal mediante la Ley Orgánica 1/2002.
Los requisitos de constitución: pluralidad de socios, capacidad de obrar, acta fundacional y estatutos.
El debate doctrinal sobre cuándo se adquiere la personalidad jurídica y el papel esencial de la inscripción registral.
Los derechos y deberes de los socios, el esquema de organización interna y las causas de disolución.
A continuación, abordamos el universo de las fundaciones, donde el protagonista ya no es un grupo de personas, sino un patrimonio afectado a un fin de interés general. Explicamos:
La voluntad del fundador como eje central.
La dotación económica mínima (30.000 €), los fines altruistas y el control ejercido por el Protectorado.
El funcionamiento del Patronato, su responsabilidad y los límites en el uso del patrimonio.
Las causas de extinción y la obligación de mantener siempre el destino no lucrativo de sus bienes.
📚 Utilizamos una poderosa metáfora para ayudarte a fijar conceptos:
🎙️ Un episodio esencial para entender cómo operan estas figuras en el tráfico jurídico y qué papel desempeñan en el tejido social y económico.
🛑 Contenido académico independiente. No oficial. Diseñado como apoyo al estudio de Derecho Civil I. (Grado en Derecho, UNED).
Una asociación es como un autobús: se pone en marcha cuando suficientes personas (socios) deciden recorrer juntas un camino común.Una fundación, en cambio, es como un tren automatizado: el viaje lo impulsa el capital inicial (la dotación patrimonial), que transporta beneficios hacia personas indeterminadas.