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  • Vuelve ‘Apuntes Jurídicos’ a EgunOn Bizkaia: ¿Puedo pedir al banco las cuentas de mi madre?

    03/09/2026 | 10 min
    La sección ‘Apuntes Jurídicos’ ha regresado a EgunOn Bizkaia con Pablo de los Ríos Enríquez, letrado de RASL Abogados. En esta primera entrega del espacio, abordamos cuestiones del día a día como el control de las cuentas bancarias de familiares mayores, la validez de un testamento en personas con deterioro cognitivo, los plazos de preaviso en alquileres y qué hacer ante la instalación defectuosa de una cocina.


    Cuentas bancarias de personas mayores: Autonomía y transparencia familiar

    Una oyente de Durango plantea sus dudas sobre los movimientos bancarios de su madre mayor, gestionados por uno de sus hermanos con autorización. ¿Puede el resto de la familia exigir información al banco?

    Como explica Pablo de los Ríos Enríquez, lo fundamental es valorar el estado y la voluntad de la persona mayor. Si la madre conserva sus plenas facultades mentales, prevalece la autonomía de la persona y la ley de protección de datos, por lo que el banco no facilitará información a otros hijos.

    En caso de existir un deterioro cognitivo o demencia, se puede recurrir a un procedimiento de jurisdicción voluntaria para nombrarle un apoyo legal que establezca obligaciones de transparencia. No obstante, la solución más recomendable es el diálogo familiar: sentarse a hablar, buscar la cotitularidad o la supervisión compartida para garantizar la tranquilidad de todos.


    Testamentos y alzhéimer: ¿Es posible modificar el reparto de la herencia?

    Desde Amorebieta transmiten el caso de un padre que redactó un testamento muy específico hace años y que actualmente padece alzhéimer. Ante la propuesta de uno de los hermanos de modificarlo, la clave reside en la capacidad del testador.

    Una persona con el juicio de capacidad mermado no puede cambiar un testamento. Solo el propio testador, de manera autónoma, puede tomar dicha decisión si conserva la lucidez suficiente. Ante la duda, el notario realizará un juicio de capacidad antes de cualquier trámite.

    Mientras la persona siga con vida, el patrimonio le pertenece de forma exclusiva para su bienestar y cuidado, por lo que las valoraciones sobre la conveniencia del reparto solo tendrán efecto tras su fallecimiento.


    Recuperar un piso alquilado para un hijo: Plazos y preavisos legales

    Un propietario de Bilbao consulta cómo recuperar una vivienda cuyo contrato finaliza en tres meses para cedérsela a su hijo. Para recuperar un inmueble arrendado por necesidad personal o de un familiar de primer grado, se requiere una causa sobrevenida justificada (como un divorcio, despido o enfermedad). Si la intención es no renovar simplemente por finalización del plazo en contratos posteriores a 2019, la ley exige un preaviso mínimo de cuatro meses. Al contar únicamente con tres meses de margen, el arrendador estaría obligado a renovar una anualidad más, salvo acuerdo entre las partes o la aplicación de la tácita reconducción.


    Reformas defectuosas en el hogar: ¿Qué hacer si la tienda no lo arregla bien?

    Una oyente de Erandio denuncia continuos problemas tras la compra e instalación de una cocina nueva. Tras tres intentos fallidos de reparación, se plantea si es posible exigir la devolución del dinero. En estos casos, exigir la devolución íntegra resulta complicado si el trabajo se ha ejecutado en su mayor parte. Sin embargo, el cliente no tiene por qué soportar reparaciones infinitas. La vía adecuada consiste en dar un margen razonable de solución, solicitar presupuesto a un tercero para arreglar los desperfectos y reclamar la diferencia o descontarla del pago pendiente, comunicándolo formalmente mediante burofax.
  • Apuntes Jurídicos: Cómo actuar ante un despido en baja médica y las claves del nuevo índice de alquileres

    30/06/2026 | 11 min
    En esta edición de Apuntes Jurídicos de EgunOn Bizkaia, despejamos dudas recurrentes de nuestra audiencia. Analizamos situaciones legales cotidianas con la ayuda de RASL Abogados.


    ¿Qué ocurre si me despiden durante una baja por incapacidad?

    Es habitual que los plazos procesales generen incertidumbre. Una consulta frecuente se refiere a la demanda de incapacidad absoluta presentada en enero, cuyo juicio se fija para marzo. En este contexto, si el trabajador es despedido y se encuentra en situación de baja médica, es necesario tener claro cómo afecta esta situación al cobro de la prestación.

    "Tú empezarás a cobrar la pensión desde el día siguiente al que ceses en la empresa", explica Pablo de los Ríos Enríquez. Si se pierde el empleo antes de la sentencia, la baja laboral continúa vigente, pero comienza a descontarse del paro.

    Es crucial comunicar a la empresa el hecho nuevo —el despido—, acreditar la vida laboral y solicitar que la fecha de efectos de la incapacidad sea el día del despido. De esta forma, se ajustan los atrasos que la Seguridad Social debe abonar en la liquidación.


    Actualización de rentas y el IRPF

    Otra consulta plantea la validez de los contratos de alquiler con actualizaciones asociadas al IPC. La inmobiliaria insiste en que el propietario no cambiará esta cláusula. Ante esto, la realidad jurídica actual, respaldada por la Ley de Vivienda, establece un nuevo sistema: el IRAF.

    "A día de hoy, no se pueden hacer contratos de vivienda sujetos a una actualización de renta del IPC", señala el experto. Se debe acudir al IRAF como método de actualización, ya que es inferior al IPC. En este caso, si el contrato expresa únicamente el IPC, el inquilino tiene derecho a negarse a dicha actualización.


    Gastos en obras de accesibilidad

    Finalmente, abordamos la cuestión de las derramas impuestas por la comunidad para instalar o mejorar un ascensor. Aunque un local comercial no haga uso del ascensor, si la obra busca eliminar barreras arquitectónicas por motivos de accesibilidad, el pago es obligatorio para todos los propietarios.

    "Está obligado todo el mundo: propietarios de locales, de viviendas y de todo tipo de fincas", confirma el abogado. Es esencial revisar el acta de la comunidad y los presupuestos aprobados. Solo los gastos destinados a la supresión de barreras arquitectónicas son obligatorios para todos los propietarios.
  • ¿Se puede obligar a un hermano a vender una casa heredada? Las respuestas de RASL Abogados en 'Apuntes Jurídicos'

    25/06/2026 | 11 min
    En la sección "Apuntes Jurídicos" de EgunOn Bizkaia, de la mano de RASL Abogados, se abordan de manera recurrente las dudas de los oyentes en relación con las herencias. Una de las consultas más habituales es si se puede obligar a vender un inmueble heredado si uno de los hermanos lo pide. La respuesta es afirmativa: cualquiera de los copropietarios puede e istar la venta del inmueble si quiere satisfacer su derecho de propiedad.

    Cuando varias personas comparten la titularidad de una vivienda, ninguna de ellas está obligada a permanecer en el condominio o proindiviso. Lo idóneo es comunicar el deseo de liquidar esa propiedad al resto; si se ponen de acuerdo y le compensan económicamente, será suficiente. En caso contrario, no quedará más remedio que vender el inmueble. "Tristemente no se puede hacer nada si te piden vender, porque al final lo que se trata es de salvaguardar el derecho de propiedad que tiene cada persona", señala el experto de RASL Abogados, recordando que hay que ponerse de acuerdo o asumir que el otro copropietario tiene base legal.


    El valor de referencia en bienes heredados

    Cuando la disputa surge de un bien heredado, habrá que estar al valor que se fijó en el Impuesto de Sucesiones en la herencia para ver cuál es el precio de referencia de la venta. Este valor puede ser un excelente punto de partida para el consenso entre los hermanos, siempre y cuando la herencia sea reciente. Si la adjudicación se realizó hace muchos años, ese valor ya no se corresponderá con la realidad del mercado y no será válido como referencia.

    Si no existe acuerdo mutuo en el precio, lo normal es que los copropietarios se sometan a una tasación oficial por parte de todos para disponer de un criterio objetivo y compensar a la parte que desea salir de la copropiedad. En cualquier caso, si uno de los herederos manifiesta su voluntad de no continuar en el proindiviso, los demás tendrán que conformarse con ese deseo y actuar en consecuencia.


    Primeros pasos ante el fallecimiento de un familiar

    Certificados y la búsqueda del testamento

    Ante la pérdida de un ser querido, la primera e indispensable incógnita a resolver es saber si otorgó testamento o no otorgó testamento. Para iniciar el proceso, el primer documento necesario es el certificado literal de defunción, disponible a los pocos días del óbito.

    Transcurrido el plazo de un mes, se podrá solicitar el certificado de actos de última voluntad. En este documento se acredita oficialmente si la persona fallecida testó, en qué fecha y en qué notaría, lo que permite a cualquier persona con derechos hereditarios solicitar una copia del mismo y conocer el alcance de las disposiciones.


    La vía del abintestato

    Una vez localizado el testamento, se procede a la formación de inventario (evaluación del activo y del pasivo de la herencia) para deliberar la adjudicación de los bienes. Sin embargo, si no se hubiera otorgó testamento, entra la línea 'abintestato', lo que activa la obligación de realizar una declaración de herederos ante notario con presencia de testigos para determinar la línea sucesoria correspondiente. Este proceso debe ser iniciado obligatoriamente por el interesado que se crea con derecho a la herencia.


    Planificación y la figura del abogado especializado

    En el marco sucesorio, cobra especial relevancia el asesoramiento legal. El momento posterior al fallecimiento o la planificación previa puede ser un buen momento para abordar lo que puede ser la transmisión por pacto sucesorio en caso de que uno de los fallecidos sea un cónyuge, permitiendo ordenar el patrimonio de forma segura si existe un cónyuge supérstite.

    Resulta fundamental estudiar cuál es el inventario de los bienes, cuál es la consecuencia fiscal (como las exenciones de padres a hijos) y qué valoración debe hacerse constar. Una estrategia correcta permite, en muchas ocasiones, proteger el patrimonio mediante pactos sucesorios y dejar transmitidos los bienes a los hijos en vida, evitando que de cara al futuro estos tengan que realizar trámites de herencia complejos.


    El peligro de las parejas de hecho no inscritas

    La desprotección legal del conviviente

    Existe un error muy común entre aquellas parejas que acumulan décadas de convivencia sin formalizar su situación. Ante la pregunta de si un conviviente hereda algo de forma automática tras 20 años de vida en común, la respuesta es rotunda: si no están registrados, no. A los efectos sucesorios, el conviviente no regulado es un extraño o extraña. "El hecho de acreditar una convivencia no es suficiente para entenderse que es una pareja a todos los efectos", advierte el profesional de RASL Abogados, haciendo hincapié en que la ley exige la inscripción formal.

    Si la relación no está debidamente inscrita como pareja de hecho legalmente constituida en el registro correspondiente (como el Registro de Parejas de Hecho del País Vasco), la consideración fiscal de los bienes que se puedan adjudicar será la de un extraño, lo que implica pagar el máximo impuesto establecido por grados.


    Consecuencias más allá de la herencia

    La falta de formalización jurídica no solo afecta al ámbito de las sucesiones, sino que se extiende a otras prestaciones estatales: el conviviente no registrado no podría tener derecho a la pensión de viudedad, por mucho que acredite 20 años de convivencia. La Seguridad Social se muestra hermética en este sentido y deniega el acceso a la pensión si no existe matrimonio o una pareja de hecho legalmente constituida.

    Además, si existen hijos de por medio, la situación se complica notablemente. Al no ser pareja de hecho oficial, la defensa del patrimonio familiar es más difícil y no se pueden realizar fideicomisos, que son figuras de protección y usufructo hacia los hijos.


    Variaciones geográficas y régimen económico

    Es fundamental tener en cuenta que las competencias sobre las parejas de hecho dependen de cada comunidad autónoma. Por tanto, un traslado de residencia o un cambio en la vecindad civil puede alterar por completo los derechos sucesorios que correspondan a un conviviente en su condición de "cónyuge viudo".

    Finalmente, los abogados expertos aconsejan que, en el momento de constituirse formalmente como pareja de hecho, es muy importante establecer el régimen económico que va a regir esa relación (como la separación de bienes, aplicable por defecto en ciertos territorios) y determinar las condiciones reguladoras en caso de una hipotética ruptura futura.
  • ¿Qué hacer si tu empresa no respeta las limitaciones médicas?

    18/06/2026 | 12 min
    A lo largo de nuestra vida laboral, pueden surgir complicaciones de salud que nos impidan desarrollar las tareas habituales con normalidad. En el programa EgunOn Bizkaia, dentro de la sección "Apuntes Jurídicos", Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos, de RASL Abogados, han respondido a la consulta de un oyente que se encuentra de baja y cuya empresa no siempre respeta las limitaciones de peso y movimientos dictadas por la mutua de prevención.


    El primer paso: Solicitud formal y por escrito

    Ante una situación en la que el trabajador cuenta con un informe de prevención que acredita una aptitud con limitaciones, la empresa está obligada a respetarlo. Sin embargo, la vía informal no es suficiente. "Lo primero que tiene que hacer es, por escrito, una solicitud de adaptación o cambio de puesto de trabajo. Lo tiene que hacer por escrito, no vale que sea todo informal", subraya Pablo de los Ríos.

    A partir de ese momento, la pelota está en el tejado de la empresa. No se trata solo de que deba cumplirlo, sino de que "está obligada a respetarlo: o adapta el puesto de trabajo, o explica de forma suficiente por qué no puede hacerlo". La compañía debe dar una respuesta cumplida y justificada en un sentido o en otro.

    Si la empresa justifica de manera correcta y conforme a derecho que le resulta totalmente imposible adaptar el puesto (analizando factores como el tamaño de la empresa, los centros de trabajo o la cualificación del empleado), se abre un escenario delicado. El trabajador, al forzar esa adaptación, puede encontrarse con la extinción de la relación laboral.

    "Hablamos de un despido por ineptitud sobrevenida", explican desde RASL Abogados. Se trata de un cese que, al igual que ocurre con los despidos por causas objetivas o económicas, "conlleva una indemnización de 20 días por año y, evidentemente, el derecho al paro".

    En caso de que la empresa no ofrezca una justificación real o sus explicaciones sean pobres, el trabajador tendría que iniciar un procedimiento judicial para solicitar una tutela de sus derechos fundamentales y obligar a la empresa a adaptar el puesto de trabajo. Por ello, los profesionales recalcan la importancia de intervenir cuanto antes debido a los plazos legales.


    Cuentas bancarias y herencias: El derecho a liberar fondos para impuestos

    Otro de los temas recurrentes en el consultorio jurídico es la gestión de las cuentas bancarias tras el fallecimiento de un titular. Sergio Ruiz recuerda que las entidades bancarias tienen la obligación de bloquear la cuenta automáticamente en cuanto tienen conocimiento del fallecimiento para evitar salidas de dinero no justificadas.

    No obstante, este bloqueo tiene matices muy importantes que los herederos deben conocer:

    Respetar los recibos domiciliados: El banco puede bloquear la cuenta, pero "lo que no pueden hacer es evitar que todos los pagos que estaban domiciliados en esa cuenta no se puedan hacer", ya que dejarían a los herederos en una situación muy delicada.

    Anticipo para el Impuesto de Sucesiones: Las entidades bancarias exigen la liquidación del impuesto de sucesiones para tramitar la herencia, un trámite que a veces resulta costoso para las familias. Lo que mucha gente desconoce es que "podemos exigir a la entidad bancaria que adelante los fondos necesarios para el pago del impuesto de sucesiones".

    "El ciudadano tiene todo el derecho a exigir a las entidades bancarias que liberen esos fondos para pagar el impuesto de sucesiones y no tener que adelantarlo con tu propio patrimonio", afirma rotundamente Ruiz, quien reconoce que los bancos suelen poner muchas trabas en este proceso, por lo que a menudo se requiere la intervención de profesionales o de la propia Hacienda Foral.


    ¿Se puede vender una casa alquilada?

    A la pregunta de si un propietario puede vender una vivienda que tiene alquilada y si el nuevo comprador puede desalojar a los inquilinos, la respuesta de la ley es clara. Con carácter general, "quien la compre está obligado a respetar al menos los cinco primeros años de vigencia del contrato de alquiler", siempre y cuando el inquilino cumpla con sus obligaciones de pago y conservación.

    Además, surgen problemas prácticos como el derecho a enseñar el piso a futuros compradores. Al ser el hogar del inquilino, este no está obligado a dejar entrar a nadie para enseñar la casa a menos que esté expresamente regulado por contrato. Por ello, desde el bufete recomiendan redactar cláusulas específicas o firmar un anexo en el que se pacten los horarios de visita a cambio de alguna compensación, como renunciar a la actualización anual de la renta.

    Por último, los abogados insistieron en la recomendación de hacer testamento siempre, independientemente de los bienes que se posean, ya que evita a los familiares tener que realizar un costoso y largo expediente notarial de declaración de herederos (abintestato) en caso de fallecimiento.
  • El porqué de los pactos sucesorios y cómo actuar ante el impago de salarios

    16/06/2026 | 10 min
    El espacio "Apuntes Jurídicos" en el programa EgunOn Bizkaia de Radio Popular ha vuelto a abrir sus puertas para resolver las dudas legales de los oyentes con el asesoramiento de RASL Abogados. En esta ocasión, Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos han abordado escenarios como el fallecimiento de un hijo tras firmar un pacto sucesorio, los impagos laborales y la transmisión del usufructo de una vivienda sin ceder su propiedad.


    ¿Qué ocurre si falta un hijo tras el pacto sucesorio?

    A la hora de diseñar un pacto sucesorio, los profesionales insisten en la importancia de adelantarse a cualquier hipótesis futura. Ante la dura situación de que uno de los hijos instituidos fallezca, la clave radica en la previsión del documento. "En el pacto sucesorio hay que preverlo... lo hacemos contemplando todas las posibles hipótesis que puedan existir en el futuro", explica Sergio Ruiz, director del despacho.

    En estos casos, lo habitual es estipular que los instituidos sean sustituidos por sus descendientes si los tuvieran. De no ser así, la parte correspondiente al fallecido se distribuye entre el resto de los instituidos mediante una fórmula de acrecimiento. Al tratarse de un acercamiento global a la gestión del patrimonio, se recomienda dejarlo todo bien atado mientras las personas se encuentran en plenas facultades para decidir.


    Dos meses sin cobrar: ¿qué se puede hacer?

    El ámbito laboral deja a veces situaciones críticas. Ante la pregunta de un oyente cuya empresa no le paga desde hace dos meses, los expertos son claros: nunca se debe solicitar la baja voluntaria. Hacerlo rescinde el contrato, pero se pierde el derecho al desempleo y a posibles bonificaciones o indemnizaciones.

    La vía legal adecuada es la solicitud de extinción del puesto de trabajo por incumplimiento empresarial. Sin embargo, para iniciar este procedimiento judicial, el impago debe alcanzar un mínimo exigido. "Tiene que esperar por desgracia a que el impago llegue al tercer mes", advierte Pablo de los Ríos. Con tres meses consecuentes de impago se puede demandar.

    Si el tribunal constata que los tres meses de impago son efectivos a la fecha de la demanda, declarará extinguida la relación laboral. Esto permite al trabajador acceder al paro y recibir una indemnización equivalente a la de un despido improcedente (33 días por año), además del abono de las cantidades adeudadas. Incluso si la empresa tiene un patrón de impagos reiterados no consecutivos para "manipular" los plazos, también se puede interponer esta acción judicial.


    Disfrutar de la vivienda sin ser el propietario

    Por último, el espacio analizó la opción de ceder el uso de un inmueble pero no su titularidad, una figura jurídica muy común denominada usufructo. Se trata de una alternativa idónea para situaciones familiares específicas, como cuando se desea otorgar una tutela especial a un familiar en peor situación económica frente a sus hermanos. De este modo, se transmite el derecho de uso y posesión (usufructo), mientras que la propiedad (nuda propiedad) queda en manos de otra persona. Esta transmisión puede articularse mediante donación, herencia, compraventa o pacto sucesorio, delimitando siempre con claridad los derechos y obligaciones de cada parte.
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Acerca de Apuntes Jurídicos
Bienvenidos al podcast Apuntes Jurídicos donde nos enfocaremos en hablar sobre aquellos temas que afectan a la población en su día a día. Desde leyes y regulaciones hasta casos y situaciones prácticas, buscaremos cubrir todo lo necesario para que los oyentes tengan una comprensión clara y profunda de los asuntos legales que les rodean. Cada episodio incluirá a expertos en el área, quienes compartirán sus conocimientos y brindarán soluciones a preguntas comunes y desafiantes. Si eres una persona que busca estar informada y preparada ante situaciones legales, este podcast es para ti. Desde dueños de negocios hasta profesionales o ciudadanos de a pie, todos podemos encontrar información valiosa en este espacio. No importa si eres una persona sin conocimientos en el mundo jurídico, aquí encontrarás información que te ayudará a tomar decisiones informadas y proteger tus derechos y bienes. Descubre cómo puedes protegerte y defender tus derechos con la información y consejos valiosos que te brindaremos en cada episodio.
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