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    El dolo y la imprudencia en la comisión de delitos

    02/03/2026 | 19 min
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    ¿Sabes diferenciar un dolo de segundo grado de una imprudencia grave? En las oposiciones a la Policía Nacional, entender la voluntad en el delito es vital para el examen jurídico y tu futura labor operativa. Desglosamos los conceptos clave y las reformas sobre accidentes de tráfico.

    El Dolo: La Voluntad de Delinquir

    El dolo es la forma más grave de culpabilidad. Se define como la voluntad consciente de cometer un delito: el sujeto sabe lo que hace (elemento cognitivo) y quiere hacerlo (elemento volitivo).

    Tipos de Dolo

    Para la jurisprudencia, el dolo no es un bloque único. Se divide en tres categorías que debes dominar:

    Dolo Directo de Primer Grado: El autor busca directamente el resultado.

    Colocar una bomba específicamente para matar a una persona.

    Dolo Directo de Segundo Grado (Consecuencias Necesarias): El autor busca un fin, pero sabe que para conseguirlo producirá inevitablemente otros resultados nocivos.

    Poner una bomba para matar a un objetivo que va en un coche, asumiendo que el chófer también morirá necesariamente en la explosión.

    Dolo Eventual: El autor no busca el resultado, pero lo ve como probable y, aun así, decide continuar con su acción.

    Conducir a 200 km/h por una zona urbana. No quieres matar a nadie, pero aceptas que es una posibilidad real.

    La Imprudencia: La Ausencia de Cuidado

    A diferencia del dolo, en la imprudencia no hay intención de delinquir. El delito se produce por un descuido, negligencia o por la inobservancia del cuidado objetivamente debido.

    El sistema de Numerus Clausus

    Es vital recordar que en el Código Penal español rige el sistema de numerus clausus para la imprudencia. Esto significa que solo son delitos imprudentes aquellos que la ley menciona expresamente. Si el código no prevé la modalidad imprudente para un delito (como en la agresión sexual), esa conducta no es punible bajo esta forma.

    ¿Cómo se persiguen los delitos imprudentes?

    Delito (Imprudencia Menos Grave)Régimen de PerseguibilidadHomicidio (General)Requiere denuncia previa.Homicidio (Vehículo a motor)Se persigue de oficio (no hace falta denuncia).LesionesSiempre requiere denuncia previa.

    ¿Qué diferencia el dolo eventual de la imprudencia? En el dolo eventual, el autor no busca el resultado pero lo acepta como una posibilidad al actuar. En la imprudencia, no hay ninguna intención de delinquir, sino que el resultado ocurre por un descuido o negligencia.

    ¿Existe la imprudencia «leve» en el Código Penal? No. Tras las reformas actuales, el Código Penal solo reconoce la imprudencia grave y la menos grave. La imprudencia leve ha quedado fuera del ámbito penal.

    ¿Cuándo se persigue de oficio un homicidio por imprudencia menos grave? Únicamente cuando el homicidio ha sido cometido utilizando un vehículo a motor. En cualquier otro caso de homicidio por imprudencia menos grave, se requiere la denuncia del agraviado.

    ¿En qué consiste el dolo de segundo grado? También llamado dolo de consecuencias necesarias. Ocurre cuando el sujeto busca un resultado principal, pero asume que para conseguirlo se producirán inevitablemente otros resultados delictivos secundarios.



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    ¿Quién puede cometer un delito? Delitos Comunes vs. Especiales

    16/02/2026 | 16 min
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    Para dominar el bloque de Derecho Penal, es vital entender quién puede ser el autor de un delito.

    La jurisprudencia los clasifica en tres categorías.

    1. Delitos Comunes

    Son aquellos que puede cometer cualquier persona. El Código Penal no exige ninguna cualidad especial en el autor.

    Ejemplos: Homicidio, robo con fuerza o daños.

    2. Delitos Especiales Propios

    Solo pueden ser cometidos por un sujeto que reúna una cualidad específica (normalmente ser autoridad o funcionario público). Si la persona no tiene esa cualidad, el delito no existe (la conducta es atípica).

    Ejemplo: Prevaricación o torturas (Art. 174 CP).

    3. Delitos Especiales Impropios

    Cualquiera puede cometer la conducta, pero si el autor tiene una cualidad especial, se aplica un tipo agravado. Si no tienes la cualidad, sigues cometiendo un delito, pero uno más común y con menos pena.

    Ejemplo: Malversación (si es funcionario) frente a apropiación indebida (si es particular).

    ¿Cuál es la diferencia principal entre un delito común y uno especial? La diferencia radica en el sujeto activo (quien comete el delito). Un delito común puede ser cometido por cualquier persona, sin importar su profesión o cargo. En cambio, un delito especial requiere que el autor tenga una cualidad específica, como ser autoridad, funcionario público o profesional de un sector concreto.

    ¿Qué ocurre si un particular realiza la conducta de un delito especial propio? En los delitos especiales propios, si el autor no posee la cualidad exigida por la ley (por ejemplo, no es funcionario), la conducta es atípica, lo que significa que no hay delito bajo esa figura legal. Un ejemplo claro es la prevaricación: solo un funcionario puede cometerla; un particular no puede ser autor de este delito.

    ¿Qué es un delito especial impropio? Es aquel que puede cometer cualquier persona, pero que si lo realiza alguien con una cualidad específica, se castiga con una pena más grave bajo un nombre distinto. El ejemplo típico es la malversación: si la comete un funcionario es malversación, pero si la misma conducta la realiza un particular, se califica como apropiación indebida.

    ¿Cómo afecta la nueva reforma al hurto de teléfonos móviles? La reforma del artículo 235 del Código Penal introduce una agravante para el hurto de dispositivos móviles y de almacenamiento masivo (discos duros o pendrives). Al ser un delito agravado, se permite la detención del autor aunque el valor de lo sustraído sea inferior a 400€, ya que deja de considerarse un delito leve. Esta agravante no se aplica si los dispositivos están expuestos a la venta en comercios.



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    Entrevista Policía Nacional: Experiencia paso a paso en la División de Formación

    02/02/2026 | 38 min
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    La entrevista personal de la Policía Nacional es, posiblemente, el momento de mayor tensión en toda la oposición. Se dicen muchas cosas, circulan mil mitos por los foros y, cuando se acerca la fecha, es normal sentir que te juegas todo a una sola carta.

    En nuestro último episodio del podcast, charlamos con Mónica, alumna de la Academia OPN, que acaba de vivir el proceso en primera persona. Sin filtros, nos cuenta cómo es realmente cruzar la puerta de la División de Formación en Carabanchel y enfrentarse al tribunal.

    Mónica, que realizó nuestro Curso de Entrevista Personal, nos desvela que la preparación técnica es vital, pero la gestión emocional lo es aún más. Gracias al entrenamiento específico con los inspectores Javier y Alicia, logró transformar la incertidumbre en una estrategia clara para el «día D».

    En el podcast exploramos temas que no siempre aparecen en los manuales de estudio:

    La llegada y el ambiente: ¿Silencio absoluto o tensión compartida?.

    El reconocimiento médico y la analítica: Cómo el cansancio y el ayuno empiezan a jugar con tus nervios antes de ver al tribunal.

    La famosa «silla» de la entrevista: Mónica nos explica cómo su preparación en la academia le sirvió para no caer en errores básicos de protocolo.

    Lo que viví en el simulacro de la academia fue mucho más intenso que la realidad, y eso me dio una seguridad increíble al entrar a la sala, confiesa Mónica.

    ¿Quieres saber qué preguntas descolocaron a Mónica? No te pierdas el episodio completo.

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    ¿Cuánto se cobra en la Escuela de Policía?

    27/01/2026 | 14 min
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    Escala Básica vs Escala Ejecutiva (con números reales)

    Entrar en la Escuela Nacional de Policía en Ávila es el sueño de miles, pero la realidad financiera dentro de la academia suele ser una sorpresa para muchos. Una de las preguntas estrella cuando alguien se plantea opositar a la Policía Nacional es clara:

    Vale… ¿pero cuánto se cobra mientras estás en la Escuela?

    ¿Es posible ahorrar o apenas se llega a fin de mes?

    En este episodio de OPN, desglosamos las nóminas reales, sin filtros.
    Lo que descubrirás en este episodio:

    La cifra neta: Cuánto dinero llega exactamente a tu cuenta tras los descuentos de Seguridad Social y MUFACE.

    El «impuesto» interno: Qué es el ALBI y cómo los 288 € de comedor y los 30 € de lavandería reducen tu sueldo mensual.

    Diferencia de escalas: El abismo entre los 453 € limpios de la Escala Básica frente a los 876 € de la Ejecutiva.

    El truco de las vacaciones: Por qué en Navidad y Semana Santa cobrarás un poco más.

    Gastos hormiga: Desde los bocadillos de la cafetería hasta cómo el nuevo horario del gimnasio te ayuda a ahorrar.

    No dejes que los números te pillen por sorpresa al llegar a Ávila.

    Dale al play y prepárate para tu futuro.

    ¿Se cobra mientras se está en la Escuela Nacional de Policía? Sí, tanto en la Escala Básica como en la Ejecutiva recibes una remuneración mensual desde el momento en que te incorporas a la academia. No trabajas gratis, pero el sueldo está sujeto a retenciones y gastos de manutención.

    ¿Cuál es el sueldo neto real en la Escala Básica? Aunque el sueldo bruto ronda los 865 €, tras descontar la Seguridad Social, MUFACE y los gastos internos de la escuela (comedor y lavandería), el dinero «limpio» que queda para gastos personales es de aproximadamente 453 € al mes.

    ¿Y en la Escala Ejecutiva? En la Escala Ejecutiva el sueldo bruto es de unos 1.330 €. Una vez aplicados todos los descuentos y gastos de estancia, el alumno dispone de unos 876 € netos mensuales.

    ¿Qué es el gasto de ALBI que aparece en la nómina? ALBI es la empresa encargada del servicio de comedor de la Escuela. El coste es de unos 288 € mensuales, lo que equivale a unos 9 € al día por desayuno, comida y cena (con posibilidad de repetir platos en las comidas principales).

    ¿Se cobra lo mismo todos los meses? No exactamente. Los gastos de comedor y lavandería son proporcionales al tiempo que pasas en la Escuela. En meses con vacaciones, como Navidad o Semana Santa, estos gastos disminuyen y el dinero neto que recibes en cuenta es ligeramente mayor.

    ¿Hay pagas extraordinarias durante la formación? Sí, los alumnos perciben dos pagas extra, una en junio y otra en diciembre. Cabe destacar que la de diciembre es de menor cuantía debido a que solo se ha devengado la parte proporcional desde la entrada en septiembre.

    ¿Hay algún otro beneficio económico dentro de la Escuela? Recientemente se ha habilitado el gimnasio de la escuela con un horario ampliado (mañana y tarde), lo que permite a los alumnos ahorrar el coste de un gimnasio externo en Ávila.



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    Cómo surgieron y se protegen los Derechos Humanos

    16/01/2026 | 15 min
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    Los Derechos Humanos son el resultado de siglos de lucha para poner límites al poder y proteger la dignidad de todas las personas.

    Los Derechos Humanos son universales, innatos, inalienables, no discriminatorios, permanentes e imponen obligaciones a los Estados para protegerlos.

    Han evolucionado histórica, las 4 generaciones:

    La 1ª generación recoge derechos civiles y políticos

    La 2ª generación los derechos económicos, sociales y culturales

    La 3ª generación los derechos colectivos de paz, desarrollo y medio ambiente

    La 4ª generación los derechos de la ciudadanía digital.

    El Marco Jurídico: De la Moral a la Obligación

    El camino hacia la protección legal internacional cuenta con hitos fundamentales:

    Antecedentes: Las Declaraciones de 1776 (EE. UU.) y 1789 (Francia) sentaron las bases del constitucionalismo moderno.

    1948 – Declaración Universal de los Derechos Humanos: Surgida tras la Segunda Guerra Mundial, establece un marco moral universal, aunque carece de fuerza vinculante directa.

    1967 – Pactos de Nueva York: Estos tratados (Derechos Civiles/Políticos y Económicos/Sociales) transforman los principios de 1948 en obligaciones jurídicas para los Estados firmantes.

    La defensa de estos derechos se articula a través de diversos niveles administrativos y judiciales:

    A nivel internacional, la ONU (Comités contra la Tortura y mecanismos preventivos)

    A nivel europeo, el Consejo de Europa (Comité Europeo y Tribunal de Estrasburgo)

    A nivel nacional, en España, a través de oficinas especializadas como las dependientes de Policía y de la Secretaría de Estado de Seguridad.

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